Scroll Top
Sentencia histórica
Las comunidades de vecinos no pueden prohibir las viviendas turísticas

Las comunidades de vecinos no pueden prohibir las viviendas turísticas.

La sentencia de la Audiencia provincial de Córdoba ratifica que no se pueden prohibir viviendas turísticas por comunidades de vecinos.

Un bufete de abogados de Córdoba solicitó la nulidad del acuerdo de una comunidad de propietarios en la que se vetaba el uso de una vivienda de la comunidad como uso vacacional. El juez le dio la razón y la comunidad interpuso un recurso ante la audiencia provincial. Y la sentencia de la Audiencia ha dado la razón al bufete de abogados y manifiesta que las comunidades de vecinos no pueden prohibir el uso turístico de las viviendas.

Sentencia histórica: las comunidades de vecinos no pueden prohibir viviendas turísticas.

En muchos edificios residenciales las comunidades de propietarios están empezando a vetar las viviendas turísticas y con este fallo, se pone de manifiesto que no pueden hacerlo.

El juez afirma que las viviendas turísticas no son molestas de hecho. En todo caso sólo lo son cuando se hace un uso irregular, por tanto «La tesis de prohibir el uso turístico porque genera molestias a los vecinos llevaría al absurdo de prohibir también el uso de viviendas por propietarios con más de cinco miembros o el alquiler social en idénticas situaciones”. La solución, según el juez, está en la propia Ley de Propiedad Horizontal, que en su artículo 7.2 contempla la posibilidad de privar del uso de la vivienda hasta por tres años al propietario “cuando existen ruidos o molestias de cierta entidad”.

Las comunidades de vecinos no pueden prohibir las presencia de viviendas turísticas, ya que se trata de una actividad lícita y legal. En todo caso, tendrán que vigilar cada caso concreto para decidir si la actividad turística de un elemento privativo dentro del inmueble altera la normal convivencia a través de actitudes incívicas”


¿Quieres enterarte de noticias, normativa o eventos del sector de las viviendas turísticas? Puedes asociarte a Viutur-VLC. Defendemos los intereses de nuestros asociados. Si deseas más información, puedes consultarnos: Formas de Contacto 

Si quieres asociarte puedes ver Cómo Asociarse.

Entradas relacionadas

Dejar un comentario